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Conoce sobre nosotros.
















¿Por qué PRIVACIDAT?





  • Somos de las únicas firmas legales que nuestros servicios se enfocan exclusivamente en Protección de Datos Personales.
  • Empresa 100% especialista en Protección de Datos Personales. 
  • Con nuestro software de gestión de seguridad de la información es más rápido, más fácil y más seguro cumplir con la LFPDPPP y proteger los Datos Personales que tu organización tiene en su poder o posesión de aquellas personas físicas. 
  • Con nosotros no sólo cumplirás la LFPDPPP, sino también contarás con medidas para asegurar el resto de tu información y documentación (contable, fiscal, financiera, comercial, organizacional, activos intangibles, secretos comerciales, empresariales o industriales, etc.).
  • Nadie más te brindará asesoría personalizada en materia de Protección de Datos Personales, como nosotros.
  • Con nuestro servicio paquete premium cumples a cabalidad la LFPDPPP.
  • En ningún otro lugar obtendrás tantos y tan robustos instrumentos legales para cumplir con la LFPDPPP.
  • Nuestro sistema de gestión de seguridad de Protección de Datos Personales es único. 
  • Nosotros te brindamos las mayores y mejores opciones para cumplir con la LFPDPPP.
  • Somos expertos y especialistas en materia de Protección de Datos Personales, no te desgastes en tiempo y dinero al querer hacerlo tú.
  • Contamos con abogados que tienen diversos posgrados relacionados con la materia de protección de Datos Personales, nuevas tecnologías y seguridad de la información.
  • Contamos con formularios y papeles de trabajo estandarizados que facilitan el cumplimiento de la LFPDPPP.
  • Contamos con una de las auditorías más especializadas en el mercado en materia de Protección de Datos Personales.
  • Te ofrecemos la mejor ayuda del mercado para implementar en tu empresa el departamento de Datos Personales.
  • Te ofrecemos el mejor programa de capacitación personalizada para el Oficial de Datos Personales de tu empresa.
  • Te damos las mejores herramientas para implementar un sistema de supervisión y vigilancia en materia de Protección de Datos Personales en tu empresa. 
  • Con nosotros te ahorras tiempo, dinero y esfuerzo para cumplir con la LFPDPPP. 
  • Te otorgamos las mejores opciones y herramientas para diseñar a la medida los avisos de privacidad y demás instrumentos legales que de tu empresa necesita para la protección de los Datos Personales. 
  • Nuestro servicio, se ajusta a tus posibilidades económicas y necesidades.
  • La profesionalización de nuestros servicios, te otorgará mayor tranquilidad ante la autoridad.













¿Qué hacemos?

Brindamos servicios de Consultoría, Auditoría, Outsourcing en PDP y defensa en el ámbito de la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares (LFPDPPP) dirigido a las personas físicas o morales de carácter privado (solo particulares y no autoridades) que realicen operaciones y procedimientos técnicos de carácter automatizado o no, con sus empleados, socios, inversionistas, clientes, pacientes, alumnos, proveedores, asesores o consultores, prestadores de servicio, etc.; que permitan la recolección, almacenamiento, resguardo, procesamiento, grabación, conservación, elaboración, modificación o corrección, organización, actualización, administración, sustitución, registro, bloqueo, eliminación y cancelación de los Datos Personales de sus bases de datos físicas o electrónicas, así como las transmisiones de Datos Personales que resulten de comunicaciones, consultas, interconexiones y transferencias, quienes pueden ser, entre otros:


  • Empresarios
  • Médicos
  • Hospitales
  • Agencias de autos
  • Despachos contables
  • Despachos de abogados
  • Despachos de cobranza
  • Notarías o corredurías públicas
  • Escuelas, colegios, universidades
  • Agencias de publicidad
  • Agencias de viaje
  • Empresas de investigación de mercado
  • Empresas de mercadotecnia directa
  • Empresas de Cloud computing
  • Empresas de digitalización de expedientes o documentos
  • Empresas comercializadores y recolectoras de bases de datos
  • Empresas o instituciones de buros de crédito
  • Tiendas departamentales
  • Tiendas de servicio
  • Supermercados
  • Centros de distribución de mercancías o productos
  • Laboratorios de análisis clínicos
  • Empresas de paquetería y mensajería
  • Empresas de renta y venta de maquinaria para la construcción
  • Empresas de reparación de equipo de cómputo o aparatos electrónicos
  • Imprentas
  • Entidades de asistencia social
  • Radiodifusoras
  • Televisoras
  • Gimnasios
  • Museos, bibliotecas, teatros
  • Farmacias
  • Centrales de autobuses
  • Aeropuertos
  • Ferias y exposiciones
  • Salones de fiestas
  • Librerías
  • Intermediarios comerciales
  • Instituciones bursátiles cambiarias y de inversión financiera
  • Compañías de pensiones
  • Inmobiliarias y corredores de bienes raíces
  • Alquiler de bienes muebles
  • Alquiler de activos intangibles
  • Colegios de profesionales
  • Aseguradoras
  • Afianzadoras
  • Sindicatos
  • Instituciones bancarias
  • Agencias de viajes
  • Hoteles
  • Renta de transporte (vehículos, camiones, aviones, helicópteros, yates, barcos, etc.)
  • Empresas de reclutamiento de personal
  • Cajas de ahorro
  • Empresas de vales
  • Profesionistas independientes
  • Comerciantes
  • Consultores o asesores independientes
  • A mayor abundamiento, el personal de los siguientes departamentos o áreas de las empresas, como lo son:
    • Dirección general
    • Finanzas
    • Contabilidad 
    • Administración
    • Producción
    • Procesos 
    • Ventas 
    • Recursos Humanos 
    • Nóminas 
    • Compras 
    • Recursos materiales
    • Atención al cliente 
    • Contraloría 
    • Seguridad o vigilancia 
    • Jurídico o legal 
    • Sistemas o informática 
    • Servicios médicos o enfermería 
    • Auditoría interna 
    • Tecnologías de la información












Datos Personales por el INAI

Con base en las recomendaciones en materia de seguridad de Datos Personales que propuso el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) somos el único despacho que para la prestación de nuestros servicios jurídico profesionales, adopta un Sistema de Gestión de Seguridad de Datos Personales.

Con la adopción de este sistema, se protegerá de manera debida e integral todos y cada uno de los Datos Personales que la organización trate; se garantizará un tratamiento legítimo, controlado e informado, y así mismo se garantizará la privacidad y el derecho a la autodeterminación informativa de las personas que revelen Datos Personales a la organización.






Información útil y relevante

Toda persona física que habite o esté de paso en México, tiene derecho a la protección de sus Datos Personales y este derecho le atribuye el poder de controlar sus Datos Personales, por lo tanto tiene la facultad de: decidir qué hacer con los mismos; decidir a quién transferírselos; conocer quién tiene sus Datos Personales; conocer qué tratamiento se le está dando a sus Datos Personales; optar por dejar que traten sus Datos Personales para ciertas finalidades; optar por que dejen de poseer sus Datos Personales, entre otros.

Las personas morales (organizaciones o empresas) y personas físicas (profesionistas, comerciantes, médicos, etc.) que tratan o tienen Datos Personales, están obligados a garantizar el derecho fundamental a la protección de Datos Personales de aquellas personas físicas que son titulares (dueños) de sus Datos Personales.



¿Qué es la Protección de Datos Personales? 
La protección de Datos Personales es un derecho que consiste en ofrecer a los seres humanos los medios para controlar el uso ajeno de la información personal que les concierne. 

Este derecho, también conocido como habeas data es, por un lado, un instrumento legal para proteger el derecho a la vida privada y, por otro, una forma de derecho de acceso a la información, que consiste en que todo individuo tenga garantizado el derecho de acceder a la información que le concierne personalmente. 

El origen de este derecho, se vincula al desarrollo de la noción de protección de la privacidad, adquiriendo posteriormente, un perfil conceptual y alcance más diferenciado al punto de convertirse en un derecho autónomo distinto de la intimidad. 

La función del derecho fundamental a la protección de datos, es garantizar a toda persona el poder de control sobre sus Datos Personales,  tanto su uso como su destino, con el propósito de impedir su tráfico ilícito, robo de identidad y la potencial vulneración de la dignidad del afectado. Esto lleva implícito el poder de disposición sobre sus Datos Personales.  



Fundamento legal de la Protección de Datos Personales 
La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en específico, el artículo 6, apartado A, fracción II, reconoce el derecho fundamental a la protección de Datos Personales o a la rectificación de éstos. Por su parte el artículo primero del mismo ordenamiento, reconoce el derecho a la dignidad de la persona desde el ámbito del derecho a la privacidad y el derecho a la intimidad. 

En desarrollo del citado artículo 6, apartado A, fracción II, fue aprobada la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares, la cual entró en vigor el día 06 seis de julio de 2010 dos mil diez. La Ley tiene por objeto garantizar y proteger, en lo que concierne al tratamiento de Datos Personales, los derechos fundamentales de las personas físicas, y especialmente su honor e intimidad personal y familiar. 



¿Quién debe adaptarse a la LFPDPPP? 
Aquellas personas morales (organizaciones o empresas) y personas físicas (profesionistas, comerciantes, médicos, etc.) que traten o tengan Datos Personales de otras personas físicas, pudiendo ser entre otros, empleados, socios, inversionistas, clientes, pacientes, alumnos, proveedores, asesores o consultores, prestadores de servicio, etc. 

A manera de ejemplo, una empresa industrial tiene Datos Personales de sus clientes, proveedores o sus empleados; un médico tiene Datos Personales de sus pacientes, al igual que un hospital; un hotel tiene Datos Personales de sus huéspedes; un gimnasio tiene Datos Personales de sus socios; una institución educativa tiene Datos Personales de sus alumnos. 



¿Qué es el tratamiento de Datos Personales? 
Es cualquier operación o conjunto de operaciones efectuadas por una persona moral (organización o empresa) o una persona física (profesionista, comerciante, médico, etc.) mediante procedimientos físicos o electrónicos (automatizados) aplicados a los Datos Personales, relacionadas con la obtención, grabación, registro, organización, conservación, elaboración, modificación, organización, sustitución, registro, bloqueo, eliminación, cancelación, utilización, comunicación, difusión, almacenamiento, posesión, acceso, manejo, aprovechamiento, divulgación o disposición de Datos Personales. 

La Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares, en su artículo 3, fracción XVIII, define la figura del tratamiento de Datos Personales como la obtención, uso, divulgación o almacenamiento de Datos Personales, por cualquier medio. El uso abarca cualquier acción de acceso, manejo, aprovechamiento, transferencia o disposición de Datos Personales. 



¿Cuándo se tratan Datos Personales? 
Cuando una persona moral (organización o empresa) o una persona física (profesionista, comerciante, médico, etc.) obtiene, use, divulgue, almacene, accese, maneje, aproveche, transfiere o dispone, entre otros, el nombre, los apellidos, la fecha de nacimiento, la dirección física, la dirección de correo electrónico, el número de teléfono, el Registro Federal de Contribuyentes, la huella digital, el ADN, una fotografía, el número de seguridad social, etc.; se están tratando (usando) Datos Personales. 

Es habitual que prácticamente para cualquier actividad sea necesario que los Datos Personales se obtengan y utilicen en la vida cotidiana, de ahí que todas las personas morales (organización o empresa) o las personas físicas traten Datos Personales. 

Algunos ejemplos de tratamiento de Datos Personales:


  • Cuando una persona abre una cuenta en el banco.
  • Cuando una persona se inscribe en una institución educativa. 
  • Cuando una persona se inscribe en el gimnasio. 
  • Cuando una persona solicita participar en un concurso. 
  • Cuando una persona reserva un vuelo en avión. 
  • Cuando una persona reserva una habitación en un hotel. 
  • Cuando una persona solicita una cita para una consulta médica. 
  • Cuando una persona entrega una solicitud de empleo o su curriculum para buscar trabajo. 
  • Cuando una persona efectúa un pago con su tarjeta de crédito. 
  • Cuando una persona navega por Internet. 

¿Por qué adaptar tu empresa a la normatividad en materia de PDP? 

  • Es una obligación legal, por lo tanto todas las personas físicas y morales del país deben de contar con ciertas Políticas de Privacidad en términos de la normatividad de la materia.
  • Prevenir el pago de multas hasta por la cantidad de $43,059,000.00 pesos (cantidad actualizada al 2015). 
  • Prevenir la imposición de delitos, que pueden ser desde 3 meses hasta 5 años de prisión. 
  • Prevenir publicidad negativa si se hace noticia local o nacional cuando una empresa es sancionada por incumplir la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares. 
  • Evitar perder la confianza de potenciales clientes o clientes y/o inversionistas y/o accionistas, derivado de la imposición de una sanción. 
  • Evitar la quiebra de la organización por lo cuantioso de las multas. 
  • Posibilidad de conseguir una certificación en materia de Protección de Datos Personales, la que a su vez puede servir como atenuante en la determinación de una sanción por la autoridad (INAI). 
  • Evitar gastos cuantiosos por la contratación de despachos de abogados o abogados para la asesoría o defensa de asuntos substanciados por el INAI, derivada de la falta de compromiso con el cumplimiento. 
  • Crea confianza a los empleados, socios, inversionistas, clientes, proveedores, prestadores de servicios y/o agentes de ventas, que revelen Datos Personales a las personas morales (organización o empresa) o las personas físicas. 
  • Genera confianza para las organizaciones que acostumbren captar inversión nacional y/o extranjera.







Adaptación legal PDP en 5 fases


Fase 1. Test de cumplimiento. 
Una vez que el cliente esté interesado en nuestros servicios, nuestros asesores especializados procederán a realizar un test de cumplimiento de manera digital, que consistirá en la recopilación de cierta información relacionada con la materia de protección de Datos Personales para que posteriormente se emita un informe de resultados a través del cual determinamos un plan de trabajo (actividades) a la medida de la organización el cual se establece en una Carta de Plan de Trabajo. 


Fase 2. Revisión de información y documentación.  
Una vez que se ha determinado el plan de trabajo, se procede como primer tarea a una revisión y dictaminación exhaustiva de toda la documentación, información y los procesos o procedimientos de la organización, sea que estén relacionados o no, con la protección de Datos Personales, para valorar si los que estén relacionados con la protección de Datos Personales superan los índices de cumplimiento que tenemos previstos en base a la normatividad de la materia. En caso de no superar los índices de cumplimiento o de plano que no se cuente con éstos, procedemos como segunda tarea, a tomar nota de aquella documentación, información y/ o procesos o procedimientos faltantes en la organización, y en su caso, aquellos que se deberán modificar, suprimir y/o aumentar, en el transcurso de la prestación de nuestros servicios. Como tercer tarea fijamos o definimos un cronograma de actividades donde se contemplan las demás tareas a realizar. 


Fase 3. Concientización. 
Posterior a que se ha determinado el cronograma de actividades, nos damos a la tarea de concientizar al personal de la organización, mediante los elementos que consideramos son los más útiles y atractivos para ellos sobre la materia de Protección de Datos Personales y de las Políticas de Privacidad y del Sistema de Gestión de Seguridad de Datos Personales que se implementarán. 


Fase 4. Implementación de las Medidas de Seguridad. 
Durante o posterior a la fase de concientización nuestros especialistas comienzan a trabajar en las observaciones obtenidas o detectadas en la fase 2, si es que las hubiere, o en su defecto, inicia de cero, con la implementación de las medidas de seguridad administrativas, físicas y técnicas. Estas medidas consisten en la elaboración e implementación de diversos instrumentos jurídicos o legales (avisos de privacidad, políticas por escrito, leyendas, contratos, acuerdos de confidencialidad y no revelación de Datos Personales, cláusulas legales, oficios, actas administrativas, bitácoras, listado de exclusión, reglamento interior en materia del tratamiento de Datos Personales, documento de seguridad, manual de políticas y procedimientos en materia del tratamiento de Datos Personales, manuales de operación en materia de Datos Personales, procedimientos en materia de Datos Personales, etc.) que se consideran necesarios para cumplir con la LFPDPPP. 


Fase 5. Capacitación al Oficial de Datos Personales o al Departamento de Datos Personales. 
Por último, capacitamos, entrenamos y damos asistencia durante un lapso de tiempo al Oficial de Datos Personales o al personal del Departamento de Datos Personales de la organización, con la finalidad de que: 
• Aprecie(n) la importancia de la protección de Datos Personales. • Conozca(n) los conceptos más importantes de la materia de protección de Datos Personales. • Conozca(n) las obligaciones que tiene que cumplir la organización respecto a la normatividad vigente en materia de protección de datos. • Ubique(n) los ordenamientos legales vigentes que regulan el tema de Datos Personales. • Se familiarice(n) en lo general con la materia de protección de Datos Personales. • Se familiarice(n) con la normatividad en materia de protección de Datos Personales. • Entienda(n), maneje(n) o use(n) perfectamente los instrumentos jurídicos o legales que se le ha(n) proporcionado a la organización.  • Cuente(n) con los conocimientos administrativos y jurídicos para atener de manera debida los procedimientos que estén relacionados con los derechos ARCO (Acceso, Rectificación, Cancelación y Oposición). • Cuente(n) con los conocimientos idóneos para concientizar al personal de la organización en la materia de protección de Datos Personales. • Cuente(n) con los conocimientos idóneos para poder resolver cualquier duda que tengan los titulares de los Datos Personales respecto a la protección de Datos Personales.








Infracciones, delitos y sanciones que contempla la ley





Protegerte es nuestra misión, siempre buscamos la seguridad y privacidad ante todo.

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